Hoja informativa septiembre 2020

Hoja informativa septiembre 2020

AVISO IMPORTANTE

El plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2020 para cuotas nacionales y provinciales comprende desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2020.

AL 30 DE SEPTIEMBRE: Termina la posibilidad de realizar ERTES por causas económicas y productivas previstas para el COVID, también las exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social en los ERTES por fuerza mayor, las causas económicas derivadas del COVID-19 podrán justificar los despidos como objetivos, desaparece la suspensión de los contratos temporales inmersos en ERTES, y ya computarán sus plazos, se termina la bonificación en los Seguros de Autónomos cuando hubo cese de actividad, hasta esa fecha podrán pedirse las moratorias de deudas hipotecarias y no hipotecarias en supuestos de “vulnerabilidad”, los préstamos sin intereses para inquilinos, así como solicitar las líneas de préstamos y avales del ICO. Todo ello si el Gobierno no introduce ampliaciones o modificaciones.

El 30 de septiembre también termina el plazo para la legalización de los libros contables del año 2019 en el Registro Mercantil. Le rogamos nos hagan llegar una provisión de fondos por importe de 50,00 € para efectuar la misma.

 

FISCALIDAD DE LOS ERTES, CESE DE ACTIVIDAD Y OTRAS AYUDAS

Es conveniente recordar la incidencia fiscal que muchas de las situaciones provocadas por la pandemia van a tener en los impuestos sobre la renta, o en el Impuesto sobre Sociedades. Sin entrar en mucho detalle, y enumerando tan solo las más importantes, queremos ahora referirnos a:

ERTES, la prestación por desempleo cobrada durante el ERTE constituyen rendimientos de trabajo (IRPF) para el perceptor, y normalmente no lleva retenciones, por lo que al existir “más de un pagador”, puede que se le obligue a hacer la declaración de renta en el año 2021 (referida al 2020) y además con una parte de renta no sometida a retención. Para las empresas las exoneraciones de cuotas de seguridad social de los trabajadores afectados por el ERTE constituyen una subvención (registrándose el gasto por el total, aunque no se pague), de modo que afectará a la cuenta de pérdidas y ganancias y los pagos fraccionados (en próximas hojas informativas desarrollaremos los aspectos contables de estas situaciones), en otros casos existirán gastos sociales por cuotas de la Seguridad Social sin que existan sueldos.

CESE DE ACTIVIDAD “AUTONOMOS”. Lo percibido por este concepto tributará en IRPF como rendimiento de trabajo, normalmente también sin retención, al igual que lo hacen las percepciones en situaciones de baja por enfermedad en los autónomos. Aquellos meses que no se paga la cuota de autónomo por estar exonerados, o en los existe bonificación, solo podrá deducirse el gasto por el importe satisfecho.

RESCATE DE PLANES DE PENSIONES. Si con motivo de la pandemia rescató parte del palan de pensiones, recuerde que esto tributará en el IRPF como rendimiento de trabajo, y es muy posible que no le hayan practicado retención.

AYUDAS MONETARIAS RECIBIDAS. Si ha recibido ayudas públicas (los 300 € de la Junta de Andalucía para autónomos, ayudas por alquiler, etc.), estas tributarán en el IRPF como ganancias de patrimonio, salvo que tenga relación directa con actividades económicas, como son inversiones en activos, o subvenciones de explotación.

CONDONACION DE ARRENDAMIENTOS: Mientras que las moratorias en los arrendamientos no tendrán apenas efectos fiscales, ya que lo que se difiere es el pago, si existen “rebajas” o condonación de rentas en arrendamientos que esté debidamente documentados, surgirá una incidencia en el IVA, en IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.

 

CONSEJOS DE CIBERSEGURIDAD

Si ya eran habituales e importantes los problemas de seguridad informática, el uso del teletrabajo, la diversidad de dispositivos, las conexiones remotas, y la intensificación de las líneas de internet, correos, nubes, etc., de los últimos meses ha hecho que debamos extremar las precauciones de forma más activa. Sirvan las siguientes recomendaciones para ello, sin perjuicio de que se asesoren con sus proveedores de servicios informáticos debidamente.

Desconfié de correos extraños (phishing), publicidad y otras comunicaciones que no ha solicitado. Recuerde que ni Hacienda, ni la Seguridad Social, ni el SEPE, ni el Servicio Oficial de Correos, ni los Bancos, le van enviar correos reclamando denuncias, donde le pidan datos, o informando de “supuestas devoluciones” (cuentas, tarjetas,  información confidencial, etc.), ni ficheros adjuntos, o  que “pinche” enlaces a ficheros u otras páginas. Con organismos oficiales lo corriente es el uso de la sede electrónica, pero no le suelen dirigir correos para que se redireccione a ellas. Los delincuentes informáticos suelen “imitar las páginas oficiales” (falsas web). Suele ser útil leer y releer los textos ya que emplean palabras poco habituales, o términos directamente traducidos de otros idiomas, a veces el propio remitente ya nos hace sospechar, la hora de los mensajes también nos puede hacer desconfiar. Borre inmediatamente estos correos y no los abra.

Instale antivirus, que le ayuden a detectar amenazas. Actualícelos cuando sea posible, así como el sistema operativo.

Realice copias de seguridad periódicamente, y si es posible sitúela fuera de sus instalaciones. Compruebe que se realizan correctamente.

Utilice contraseñas “robustas”, en longitud, dígitos y letras, símbolos, etc. Cámbielas periódicamente.

Desconfié de los “premios, regalos, concursos, etc.”. Sea prudente.

Utilice conexiones seguras a través de una red privada virtual (VPN), y evite el uso de escritorio remoto.

Cuidado con las “compras por internet” con los mismos equipos profesionales de la empresa.

Mantenga informados a sus empleados y adviértales del uso de dispositivos propios, así como de la conveniencia de disponer de contraseñas propias.

Para cuestiones relacionadas con la ciberseguridad y las campañas masivas de fraude es recomendable consultar, periódicamente, la página incibe.es/protege-tu-empresa/avisos-seguridad Es una página oficial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

 

Como siempre, consúltenos sus dudas.