Hoja informativa julio 2021

Hoja informativa julio 2021

AVISO IMPORTANTE

EL PROXIMO DÍA 20 DE JULIO FINALIZA EL PLAZO DE PRESENTACION DE LOS SIGUIENTES MODELOS 111, 130, 131, 115, 123 Y 303 CORRESPONDIENTES AL 2º TRIMESTRE DE 2021. LA DOMICILIACION TERMINA DEL 15/07/2021.

EL DÍA 26 DE JULIO ACABA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL MODELO 200 (IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES), Y LA DOMICILIACION DEL MISMO EL 21 DE JULIO. ESTE AÑO LA DECLARACIÓN HAY QUE HACERLA POR LA WEB DE HACIENDA, por lo que su complejidad es mayor.

Las personas físicas en estimación objetiva (módulos) y en régimen simplificado de IVA no cuentan con reducción especial este trimestre.

  • El 30 de julio finaliza el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2020 (este año no existen ampliaciones de plazos). Le rogamos nos proveen de 60,00 € para la provisión de fondos del Registro Mercantil. .
  • EL DIA 20 DE JULIO HAY QUE PRESENTAR LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE AL I.B.P(IMPUESTO POR EL SUMINISTRO DE BOLSAS DE PLASTICO DE UN SOLO USO).

 

HORARIO MES DE AGOSTO. Durante el mes de agosto nuestras oficinas permanecerán cerradas por la tarde, siendo el horario desde el día 1 al 27 de agosto de 9:00 h de la mañana a 14:30 h del día.

LES RECORDAMOS QUE TAMBIÉN DEBEN TRAER SUS FACTURAS DE COMPRAS, GASTOS, EXTRACTOS BANCARIOS Y DEMÁS DOCUMENTOS PARA LA CONTABILIDAD DE SU EMPRESA.

ALTAS Y BAJAS DE TRABAJADORES ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL, MODIFICACIONES EN LOS ERTE

Le recordamos que las altas, e reincorporaciones de ERTE han de ser previas al inicio del trabajo (preferentemente el día anterior) y que las bajas tienen tres días naturales para comunicar a la Seguridad Social.

Cualquier gestión que nos comunique por correo electrónico sólo será atendida si dicho correo nos lo ha remitido en horario de oficina y con plazo suficiente para su atención. Igualmente rogamos que nos avisen por cualquier otro medio alternativo.  

 

MEDIDAS LABORALES: EXPEDIENTES DE REGULACION DE EMPLEO (ERTES), CESES DE ACTIVIDAD AUTONOMOS Y DEMAS

Consulte nuestra Hoja informativa mes de junio-21 (disponible en nuestra web).

 

REDUCCION DEL IVA EN LA FACTURA DE LA LUZ

Hasta el 31/12/2021, y desde 26/06/2021, se reduce el tipo impositivo del  IVA del 21 % al 10 %, a los consumidores con una potencia contratada inferior a 10 KW,  siempre que el precio medio del mercado mayorista de la electricidad del mes anterior al último día del  periodo de facturación haya superado los  45,00 € MWh. Lo que significa que será aplicable a muchas pequeñas empresas y negocios. También será aplicable a los perceptores del “bono social de electricidad”, con independencia de la potencia  y precio del mercado.

Se suspende también el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (7 % sobre los ingresos por la venta de electricidad), entre julio y septiembre. Afecta a los productores (placas solares, aerogeneradores, etc.),que venden su energía producida al sistema eléctrico.

 

SUBVENCIONES JUNTA DE ANDALUCIA

– El 15/07/2021 concluye el plazo para solicitar las subvenciones de autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento. Dirigidos a sectores previstos en la norma (hostelería, comercio y pequeñas industrias), que hayan reducido sus ingresos en el 2020 más de un 30 % respecto al 2019, y que a 31/05/2021 mantengan deudas pendientes de pago. Existen condiciones específicas respecto a las deudas de proveedores y acreedores financieros o no (que deben pagarse por transferencia bancaria), así como a la situación previa de las empresas, que no estuvieran en crisis.  Si no hemos contactado con usted al respecto, y cree puede solicitarla, consúltenos.

Subvenciones en materia de prevención de riesgos laborales. Se establecen dos líneas (termina el 02/08/2021):

– Línea 1. Subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

– Línea 2. Subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.

Puede alcanzar el 75 % del presupuesto. Si cuenta con algún proyecto de este tipo  puede consultarnos.

 

MODIFICACIONES EN EL IVA DEL COMERCIO ELECTRONICO

El 01/07/2021 ha entrado en vigor diversas modificaciones en la tributación del comercio online, que ya veremos detenidamente en ocasiones posteriores. Las principales novedades se refieren a:

– Unificación de los umbrales límites (10.000,00 € en toda la Unión Europea-UE-)) que obliga a tributar  el IVA en el país de destino en las ventas a particulares a los tipos impositivos de cada país. Si no llega a esa cantidad se podrá tributar en el país del vendedor/origen.

– Creación de una “ventanilla única” para toda la UE, de forma que estas empresas presenten declaración en un solo país, y por todas sus ventas en el UE.

– Las importaciones desde fuera de la UE dejarán de estar exentas del IVA para los productos de escaso valor (antes hasta 22 €), aunque se mantiene la exención aduanera (no pagan en la importación) hasta los 150,00€.

-Los “marketplaces” serán los encargados de recaudar y liquidar el IVA de las operaciones en que intermedien.

Estos cambios han supuesto modificar algunos impresos, como los modelos 036, 303 y algunas normas de facturación.

Si su empresa realiza ventas online a particulares de otros países de la UE, puede que esta nueva operatoria le afecte, consúltenos su caso. Lo mismo si realiza importaciones para su venta a particulares vía comercio electrónico.